
El Partido fundado por Víctor Raúl Haya de la Torre tiene sus Estatutos, que viene a ser la Carta fundamental sobre la que no existen razones o motivos para incumplirla.
Por ejemplo el Estatuto define sobre el Comite Ejecutivo Nacional del PAP lo siguiente:
Artículo 12°.‑ Sólo el Congreso Nacional del Partido puede resolver lo que concierne a la Ideología y Doctrina Aprista, así como la modificación del Estatuto del Partido es de su competencia además:
1.- Definir la adecuación del PAP en función a la realidad social, económica y política del Perú y del mundo: desde la perspectiva de la identidad filosófica, doctrinaria, ideológica, científica y programática aprista.
d) Elegir a los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional
e) Elegir a los integrantes de los órganos autónomos en número igual al de los miembros que le corresponde designar en cada uno de ellos
Si usted ingresa a la página web oficial del PAP : http://www.apra.org.pe/ y accede en la parte inferior derecha al Comite Ejecutivo Nacional 2004-2006

Alli encontraremos la Nueva Estructura y el CEN elegido en el XII Congreso para el 2004 hasta el 2006, por esa razon nos preguntamos: ¿Porque Mauricio Mulder ha prorrogado su mandato hasta ahora? ¿Porque, incumpliendo los Estatutos y lo más grave burlarse de un acuerdo de Congreso que disponia expresamente un nuevo Congreso en el 2006?
Cambia la Estructura, Cambia al CEN, se autoprorroga ILEGALMENTE su mandato
Mauricio Mulder convoca el 57 Plenario Nacional el 19 de Febrero del año 2007 - para esa fecha ya habia terminado su mandato- incluso de todos los asistentes , dirigentes Regionales elegido en Noviembre del año 2003 y sus ejercicios terminaban en Diciembre del 2005.
Ellos estaban actuando en contra de los Reglamentos, porque un Plenario no puede revocar o incumplir un acuerdo de Congreso Partidario, un Plenario no esta encima del Congreso, un Plenario no esta encima de los Estatutos, un Plenario no puede autoprorrogarse sus mandatos y violando todas las normas, incluso son pasibles de procesos disciplinarios por faltas graves.
DISPOSICION TRANSITORIA: (Estatuto del PAP)
Para el período 2004‑2006 a cuyo término se convocara un nuevo Congreso Nacional del Partido
El presente Estatuto es la norma máxima del Partido y prevalece sobre cualquier otra norma o reglamento de cualquier órgano interno.
DISPOSICION FINAL
Primera‑ El presente Estatuto entra en vigencia a partir de su aprobación por el XXII Congreso Nacional del PAP Los organismos, comités y secretarías que históricamente han constituido columnas vertebrales del funcionamiento partidario y que no están contemplados en el presente estatuto, continuarán funcionando y se adecuarán progresivamente al mismo, bajo responsabilidad del Secretario General del partido, el que impartirá las directivas necesarias para tal fin.
Casa del Pueblo , Lima, junio de 2004
Graves acuerdos que violan toda Norma del Partido Aprista
Bajo el acuerdo del Plenario 57 punto 5, Mauricio Mulder reestructura ilegalmente el CEN, porque los Estatutos mandan que el Congreso Nacional, como máxima instancia, es el único autorizado para ver lo concerniente a la Estructura Orgánica del Partido.
Aqui según la Resolución alude que se hace bajo conocimiento de la Dirección Política del Partido y de la Presidencia del Partido, Mauricio Mulder aprueba Cambiar la Estructura del Comite Ejecutivo Nacional y coloca dirigentes a dedo.
Las exigencias de cumplir con las normas partidarias fue respondida con arbitrariedad
Ante las reiteradas solicitudes del c. Wilbert Bendezú para democratizar el Partido es subrogado ilegalmente el 09 de Julio del 2007 en una reunión sin Quorum, sin las formalidades de citación y con la incorporación a dedo a nuevos miembros del CEN el mismo día.

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